El Tribunal Administrativo de Antioquia falló y declaró nulo el nombramiento del actual gerente de Empresas Públicas de Medellín, Jorge Andrés Carrillo, porque presuntamente violaba las normas que rigen a las instituciones descentralizadas.
El tribunal halló razón en la demanda instaurada por el abogado Hernán Cadavid, quien argumentó que la designación del gerente de EPM violaba el artículo 10° del Decreto Ley 128 de 1976.
Dicho artículo señala que los miembros de las juntas o consejos, durante el ejercicio de sus funciones y dentro del año siguiente a su retiro, y los gerentes o directores, dentro del período últimamente señalado, no podrán prestar sus servicios profesionales en la entidad en la cual actúa o actuaron.