El Tribunal Superior de Bogotá declaró la nulidad del fallo de acción de tutela que ordenaba a la Policía la suspensión del uso de gases lacrimógenos para la contención de los disturbios, esto durante la emergencia desatada por la pandemia del COVID-19.
No obstante, el Tribunal regresó el expediente al juzgado quinto laboral del circuito de Bogotá, para que este lo estudie teniendo en consideración los conceptos del Ministerio de Salud y el Ministerio del Interior.
Además de anular el auto admisorio de la acción de tutela, el Tribunal Superior de Bogotá declaró nulas todas las actuaciones proferidas con posterioridad a dicho auto.