Corte Constitucional reafirma fallo sobre fotomultas
La Corte Constitucional reafirmó el fallo que establece que los propietarios de los vehículos no son responsables solidarios de las infracciones de tránsito hayan sido impuestas a las personas que vayan manejando.
En otras palabras, el único responsable de la multa es la persona que haya infringido las normas del código de tránsito, lo que también aplica para las fotomultas, que deben ser aplicadas al conductor y no al propietario del automotor.
La sentencia de la Corte insta a “Respetar el principio de responsabilidad personal de las sanciones, lo que implica demostrar que la infracción fue cometida por aquel a quien la ley le atribuye responsabilidad solidaria o participó de alguna manera efectiva en su realización”.
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